Los menores argentinos entre 5 y 8 años de edad deben realizar su primer actualización de D.N.I. de menor llamada "actualización de 8 años". Para ello, el menor deberá concurrir acompañado de su padre o madre a este Consulado General el día y hora del turno asignado y de acuerdo al siguiente procedimiento.
1. Solicitar turno. Para tal fin, puede concurrir al Consulado de lunes a viernes de 9.30 a.m. a 12.30 p.m. o solicitarla por e-mail. En ambos casos, cada solicitante debe completar el formulario on line que se encuentra disponible
aquí. Se aclara que el solicitante deberá agregar en el campo asingado para el nombre y apellido de los padres, el nº de DNI de ambos progentiores argentinos o pasaporte o carnet de identidad si alguno de ellos fuera extranjero.
2.
Partida de Nacimiento del menor emitida por parte del Registro Civil donde nació el/la menor y una fotocopia simple de dicho documento
.
3.
Una (1) Fotografía, 3/4 perfil derecho, a color sobre fondo celeste, de 4 cm x 4 cm de tamaño, papel mate, sin sombreros y sin anteojos
(estas caracteristicas de la foto son un requisito necesario atento requerimiento efectuado por el Registro Nacional de las Personas).
4.
D.N.I del menor. Verificar si en el DNI se tiene efectuado el
cambio de domicilio a Canadá. Caso contrario, deberá efectuarlo, adicionando al money order de su trámite (indicado en el punto nº 6) el importe que corresponda a este trámite.
5.
Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad del padre o la madre (el que concurra junto al menor para hacer el tramite).
6.
Abonar el arancel consular vía Money Order o cheque certificado a la orden del “
Consulate General of Argentina”. Consulte el monto del arancel haciendo click
aquí.
7.
Para aquellos casos en que dichos menores hayan extraviado su DNI de menor, corresponderá agregar al presente trámite de actualización de 8 años la solicitud de un
nuevo ejemplar de DNI de menor. En dicho caso, se deberá adicionar al money order (indicado en el punto nº 6) el importe que corresponde por este trámite y acompañar una foto carnet adicional, de acuerdo con las características mencionadas en el punto 3.
8.
Se considera infractor a la Ley 17.671 (Ley de Enrolamiento) a todo argentino que concurra a realizar este trámite después de un año de haber cumplido los 8 años. El infractor deberá adicionar al money order (indicado en el punto nº 6) el monto del arancel correspondiente a la multa por la actualización tardía.
9.
Para la confirmación de su turno y envío de la documentación original y copias al Consulado, proceder conforme se indica en el Punto V de esta
página.
10.
Este trámite es estrictamente personal, ya que se colocará la foto y la huella dactilar del pulgar derecho del interesado, en su DNI, entre otros formularios.
No se puede hacer por correo.
11.
Si al momento de la actualización de 8 años se pide "nuevo ejemplar", conforme lo indicado en el
"numeral 7.", más arriba, para retirar el DNI deberá proceder conforme lo indicado
aquí."
El DNI de menor de 8 años se procesa y devuelve al interesado en el día del turno (salvo que se pida duplicado por extravío), conjuntamente con su partida de nacimiento original y su pasaporte.